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DE COMUNIDAD A COMARCA Pascual Diarte Lorente Noviembre 2002
A diferencia del territorio de la vecina Comunidad de Calatayud, que, recientemente, ha recuperado su tradicional nombre al constituirse como comarca, reafirmando así su claro deseo de continuidad histórica, el espacio geográfico que, en el pasado, ocupó la antigua Comunidad de Daroca presenta evidentes y, de momento, insalvables problemas de identidad, que hacen inviable un proyecto de futuro común. La actual división comarcal de Aragón se ha limitado a reflejar y oficializar esta realista situación. El territorio de la vieja Comunidad de Daroca ha quedado diseminado por seis comarcas distintas: Campo de Cariñena, Campo de Belchite, Campo de Daroca, Calamocha, Cuencas Mineras y Teruel. Los pueblos de la comarca "Campo de Daroca", que en su mayoría fueron protagonistas activos y comprometidos en la creación y desarrollo de esa excepcional experiencia histórica, deben conformarse con el legítimo derecho a recordar y sentir como suya, quizá con justificado orgullo y nostalgia, la ejemplar y original realidad histórica de la Comunidad de Daroca, adelantado modelo de convivencia social y política, que anónimos antepasados contribuyeron a forjar libre y solidariamente, confiriendo una sorprendente unidad e identidad jurídica, social e institucional a unas tierras geográfica y económicamente muy diversas y desarrollando unas peculiares instituciones de autogobierno, impregnadas de solidaridad, entendimiento, libertad y amplia participación popular.
Comunidad y Comarca en Aragón.
Nacida a mediados del siglo XIII y consolidada en los siglos XIV y XV, la Comunidad de Daroca sufrió un importante proceso de reajuste y adaptación institucional y una notable y definitiva ampliación territorial en el siglo XVI.
A finales del siglo XV, la Comunidad estaba formada por 97 villas y aldeas y un elevado número de "pardinas", antiguos lugares despoblados en la Edad Media. La base territorial de la Comunidad se fijó definitivamente en el siglo siguiente. En el año 1500, la Comunidad de Daroca compró la villa de Plenas a don Pedro de Gilbert por la elevada suma de 55.000 sueldos. Plenas, sin embargo, no se integró en la Comunidad como uno más de sus lugares, sino que, excepcional y hasta paradójicamente, permaneció como señorío de la propia Comunidad, que pasó a poseer la villa y a sus moradores con plena jurisdicción civil y criminal y absoluta potestad. En 1559 tuvo lugar la ampliación más llamativa e importante, al incorporarse a la Comunidad el Común de Huesa y la Baronía de Segura como una nueva sesma (la Honor de Huesa). El 19 de diciembre del citado año, Felipe II ratificó y confirmó la "Unión y Concordia" entre estos territorios y la Comunidad, después de que, previamente, el 5 de abril de 1558, tres representantes de la Comunidad, dos del Común de Huesa y uno de la villa de Segura llegaran a un definitivo acuerdo en Villar de los Navarros. A cambio, doña María Sánchez de Toledo, señora legítima de estas tierras desde 1527, recibió de la Comunidad 1.360.000 sueldos. Con anterioridad, las villas y lugares de esta nueva sesma estuvieron temporalmente unidos a la Comunidad de Daroca entre 1503 y 1518, tras una primera concordia firmada en Romanos el 5 de julio de 1503 entre los representantes de la Comunidad y los del Común y la Baronía. Este primer intento de integración nunca llegó a ser oficialmente efectivo. El Común de Huesa y sus aldeas (Blesa, Muniesa, Josa, Anadón, Cortes, Plou y Maicas) y la Baronía de Segura y el lugar de Salcedillo fueron nuevamente desgajados de la Comunidad en 1518, año en el que Carlos I cedió estos territorios, con el consentimiento de la plega general de la Comunidad, del Procurador y de los jurados y vecinos del Común y de la Baronía, a don Luis Sánchez, Tesorero General del Rey y Consejero del Reino, previa entrega por parte de este último a la Tesorería Real de 10.000 ducados de oro, destinados a la defensa de los condados del Rosellón y la Cerdaña. La última incorporación se realizó en 1576, año en el que la Comunidad de Daroca compró el lugar de Aguilón a don Joan Pérez de Almazán y doña Catalina Fernández de Heredia por 18.000 sueldos. A partir de ese momento, el territorio de la Comunidad se mantuvo inalterable. Hasta su desaparición en 1836, la Comunidad de Daroca estuvo integrada por 108 villas y lugares, estructurados en seis sesmas, y el señorío de Plenas: - Sesma de Barrachina: Alpeñés, Allueva, Bañón, Barrachina, Bea, Cervera, Collados, Corbatón, Cosa, Cuencabuena, Cuevas de Portalrubio, Fonfría, Godos, Lagueruela, Lechago, Nueros, Olalla, Pancrudo, Portalrubio, Rubielos, Torre los Negros, Torrecilla, Valverde y Villarejo. - Sesma de Gallocanta: Anento, Báguena, Balconchán, Bello, Berrueco, Castejón, Las Cuerlas, Ferreruela, Gallocanta, Manchones, Murero, Odón, Orcajo, Retascón, San Martín, Santed, Torralba de los Sisones, Used, Val de San Martín, Valdehorna, Villanueva y Villarroya. - Sesma de la Honor de Huesa: Anadón, Blesa, Cortes, Huesa, Josa, Maicas, Muniesa, Plou, Salcedillo y Segura. - Sesma de Langa: Badules, Cariñena, Cosuenda, Cucalón, Langa, Lechón, Mainar, Romanos, Torralbilla, Villadoz, Villahermosa y Villarreal. - Sesma del Río Jiloca: Almohaja, Blancas, Burbáguena, Calamocha, Caminreal, Fuentes Claras, Luco, Monreal, Navarrete, Ojos Negros, Peracense, El Poyo, Pozuel, Singra, Tornos, Torrijo, Villafranca, Villalba y Villar del Salz. - Sesma de Trasierra: Aguilón, Aladrén, Azuara, Bádenas, Cerveruela, El Colladico, Fombuena, Herrera, Lanzuela, Loscos, Luesma, Mezquita, Monforte, Moyuela, Nogueras, Paniza, Piedrahita, Rudilla, Santa Cruz, El Villar y Vistabella. Plenas no estuvo incluida en ninguna de las sesmas, pues su situación jurídico-administrativa era distinta a la del resto de los lugares. La Comunidad poseía sobre esta villa derechos señoriales totales. Un alcaide, alto funcionario elegido anualmente en la plega general, ostentaba la representación y autoridad de la Comunidad en Plenas y sus términos. Entre otras funciones, el alcaide nombraba a los jueces, a los jurados y al resto de cargos municipales y decidía el arrendamiento del horno, de los "quiñones" y, en general, de todas las rentas de la villa.
Sesmas de la Comunidad de Daroca.
En el interior del espacio territorial ocupado por la Comunidad, sin embargo, en su mismo centro geográfico, pervivieron y nunca formaron parte de ella, además de la ciudad de Daroca, dos enclaves señoriales: Nombrevilla, perteneciente a la Orden del Santo Sepulcro, y Cutanda, al Arzobispo de Zaragoza.
Demográficamente, la Comunidad de Daroca, sometida al régimen de mortalidad catastrófica del momento, tuvo una evolución similar a la de Aragón y de España. Su población osciló entre los 17.000 habitantes a comienzos del siglo XVI y los 60.000 a finales del XVIII, concentrados normalmente en núcleos de población de pequeño tamaño, entre 100 y 300 habitantes. Muy pocas fueron las poblaciones que, como Cariñena, Muniesa o Villar de los Navarros, superaron, de forma más o menos continuada, los 1.000 habitantes. En general, los núcleos de mayor peso demográfico estuvieron siempre ubicados al Norte y Noreste de la Comunidad, en las tierras llanas y más cálidas situadas al otro lado del Sistema Ibérico Central, en contacto con el Valle del Ebro (Cariñena, Paniza, Aguilón, Azuara, Muniesa, Moyuela, Villar, Herrera, Blesa), o en la fértil vega del Jiloca (Calamocha, Báguena, Burbáguena, Monreal). Por el contrario, los lugares de menor población se localizaban en las zonas más pobres, ásperas y frías de la Comunidad (gran parte de la sesma de Barrachina y las zonas montañosas del resto de las sesmas). La estructura económica del territorio entre los siglos XVI y XIX, simple continuación de la medieval, permaneció, en realidad, inalterable: predominio de las actividades agrícolas y ganaderas, importante actividad forestal (leña, carbón, bellotas) y débil desarrollo del comercio y de la industria. El cultivo de cereales de secano (trigo, centeno, cebada y avena) constituyó en todo momento y de forma generalizada la actividad económica fundamental. Entre ellos, el trigo ocupó siempre una indiscutible primacía. La diversidad geoclimática de las tierras de la Comunidad propició, sin embargo, cierta especialización complementaria de cultivos: viñedo (campo de Cariñena y valle medio del Jiloca), azafrán (sesma de la Honor de Huesa, parte de la de Trasierra y Campo de Monreal), olivo (tierras de Azuara y, en menor medida, de Cariñena), forrajes (vegas del Jiloca, especialmente en Burbáguena y Luco), cáñamo (pueblos ribereños del Jiloca), leguminosas de secano (lentejas en el centro de la sesma de Barrachina; garbanzos en Cosuenda, Paniza y Langa; y guijas en Cosuenda, Paniza y Aladrén), etc. En el contexto general del Aragón rural de los siglos XVI al XVIII, las actividades artesano-industriales y mercantiles de la Comunidad de Daroca fueron mínimas, con tendencia al autoabastecimiento en los lugares de recursos agrícolas más pobres y de mayor dedicación pastoril. Las pocas artesanías existentes, la mayoría de tipo familiar, limitaban su producción o trabajo a un reducido ámbito territorial, a veces simplemente local. Como consecuencia de este sencillo y poco evolucionado panorama económico y teniendo en cuenta que las tierras de la Comunidad tuvieron siempre la condición de realengo, entre los vecinos de la Comunidad existía una aparente homogeneidad social. El modelo de sociedad estamental propio del Antiguo Régimen tuvo un sencillo y peculiar reflejo. La nobleza, representada por unos 240 infanzones, gozó de la exención del pago de la pecha y de otros tributos y cargas generales, pero, a cambio, hasta comienzos del siglo XVIII, tuvo totalmente prohibido el acceso a los siempre codiciados cargos político-administrativos de la Comunidad y de los lugares. El clero, de 300 a 350 individuos, mantuvo en todo momento un indudable peso e influencia socio-moral entre los vecinos de la Comunidad. El 95% de los habitantes de la Comunidad pertenecía al "estado general". Aunque jurídicamente todos sus miembros eran libres e iguales, las diferencias sociales, paralelas normalmente a las económicas, sin ser excesivamente amplias, sí eran manifiestas: desigual reparto de las cargas fiscales, requisitos para acceder a los cargos y oficios públicos, etc. En su mayoría se dedicaban a la agricultura y la ganadería como propietarios, criados, pastores o jornaleros. Las personas dedicadas a actividades artesano-comerciales (producción y venta de carbón vegetal, de cal y de yeso, arrieros, tenderos, etc.) y de servicios (médicos, cirujanos, albeitares, boticarios, maestros, empleados municipales, etc.), con mayor o menor presencia en todos los pueblos de la Comunidad, formaban un grupo claramente diferenciado, social y económicamente, pero cuantitativamente no muy importante. Un número indeterminado de "pobres" y vagabundos, entre el 5% y el 15 %, según lugares y épocas, completaría este sencillo panorama social de la Comunidad.
En el marco histórico de la España del Antiguo Régimen, de incuestionables pervivencias feudales en el mundo rural y de atmósfera autoritario-absolutista en el ámbito político, con una clara omnipotencia y omnipresencia del poder Real y de la Iglesia, la Comunidad de Daroca y el resto de las comunidades aragonesas emergían como un oasis de libertad, política y teóricamente casi utópico para la época, en el que imperaban unas especiales formas de organización. Institucionalmente, la Comunidad de Daroca conoció dos períodos claramente diferenciados, separados por una fecha clave: 1708. En los siglos XVI y XVII, especialmente en este último, la Comunidad alcanzó su plena madurez y un muy alto grado de autonomía político-administrativa que giraba en torno a una asamblea general anual ("Plega"), órgano supremo de gobierno del que emanaba el resto de los poderes, tanto personales como colegiados. La "Plega General", máximo órgano político-administrativo de la Comunidad hasta comienzos del siglo XVIII, era una asamblea anual a la que debían asistir todos los altos funcionarios de la Comunidad ("Oficiales") y los representantes de cada uno de los lugares. En ella se tomaban las más importantes decisiones de gobierno: elección de los oficiales de la Comunidad, aprobación de las cuentas anuales, realización de pagos, aprobación y reparto de pechas, confección de nuevas ordenanzas, licencia para cargar censales, reconocimiento y amojonamiento de dehesas, etc. etc. De acuerdo con la vieja y arraigada costumbre medieval, la plega general continuó celebrándose en el mes de septiembre ("Plega de San Miguel"). Esta magna asamblea anual solía reunirse en las casas del concejo o en la iglesia parroquial del lugar donde había sido convocada, pues la Comunidad de Daroca no tuvo, en ningún momento, una capital administrativa concreta. La solemnidad y el aire festivo de la plega suponían para las arcas de la Comunidad cuantiosos gastos (dietas y alojamiento de los asistentes, comida, vestimenta de porteros y andadores, regalos para el Baile General, etc.). Las plegas generales solían celebrarse en los núcleos de población de mayor peso demográfico y político (Cariñena, Burbáguena, Calamocha, Báguena) o en lugares céntricos y bien comunicados, como Romanos, y duraban, normalmente, de 4 a 8 días. Excepcionalmente, sin embargo, si los asuntos a tratar lo exigían, como ocurrió en las de los años 1503 (15 días) y 1564 (22 días), la asamblea se prolongaba unos días más. El número de asistentes fue muy variable, a pesar de que las ordenanzas eran claras y rigurosas en este aspecto (multa e inhabilitación para obtener cargos para los que, teniendo la obligación de ir, no lo hicieran). Las más concurridas, de 100 a 140 personas, tuvieron lugar en los últimos años del siglo XVI y los primeros del XVII. La asistencia fue, sin embargo, regularmente baja a partir de entonces, siendo muy pocas las plegas en las que los congregados superaron los 80 individuos. El protocolo seguido en las plegas estaba minuciosamente regulado por las ordenanzas. Presidía el Baile General de Aragón, como representante Real, o su Lugarteniente. En ausencia de ambos, que ocurría con frecuencia, correspondía la presidencia al Asistente de la Comunidad. A la derecha del Asistente, se sentaba el Asistente anterior y los tres sesmeros de la primera bolsa, por antigüedad, excepto los sesmeros que hubieran ocupado antes el cargo de Asistente que tenían preferencia sobre los demás. A la izquierda del Asistente, los tres sesmeros de la segunda bolsa, con el mismo orden que los de la primera. A la derecha de los sesmeros de la primera bolsa, el Receptor y, a la izquierda de los de la segunda bolsa, el Procurador General. A continuación, a ambos lados, y por antigüedad en el cargo y, dentro de ésta, por edad, los consejeros, jurados y demás regidores. El resto de las personas presentes debía situarse en el lugar que les asignara el Asistente. Constituida la asamblea, se procedía, en primer lugar, a la elección, por el método de insaculación, de los "oficiales" de la Comunidad. El arca donde estaban depositadas las bolsas de los distintos "oficios", guardada en los archivos que la Comunidad tenía en Anento o en Romanos, según la época, tenía cuatro cerraduras, con cuatro llaves distintas, que estaban, respectivamente, en manos del Asistente y de los sesmeros de las sesmas de Langa, Gallocanta y Trasierra. Este archivo disponía, a su vez, de dos cerraduras distintas, cuyas llaves guardaban los sesmeros de las sesmas de Barrachina y de Río Jiloca. Las ordenanzas hacen gala de una gran previsión en este delicado asunto. Los sesmeros y el Asistente se comprometían, mediante escrito público en poder del Baile General, a custodiar las llaves. El arca debía llevarse a la plega y ser abierta por orden de la persona que la presidiera, tras ser reconocida por el Asistente, los sesmeros, el Procurador General y el Notario de Plegas. Si en el momento de la extracción de los oficios faltaba alguna llave, debía descerrajarse y el culpable ser castigado. Si el Asistente o alguno de los tres sesmeros que guardaban las llaves moría, el Procurador de la Comunidad se hacía cargo de la llave correspondiente y la entregaba al sucesor en el cargo. El acto de la extracción de los oficiales de la Comunidad estaba sujeto, igualmente, a una estricta normativa. Reconocida y abierta el arca en el día y lugar señalados, el Notario de las Plegas sacaba, en primer lugar, la "Bolsa de Asistente de la Comunidad de Daroca", que era reconocida, abierta públicamente y vaciada encima de una mesa por un niño menor de 10 años, que contaba de uno en uno los "redolinos" o "rodelinos" (bolitas de cera que encerraban una cedulilla de pergamino con el nombre de la persona que entraba en el sorteo y que, según los oficios, tenían una misma forma y un mismo color) y los depositaba en un barreño lleno de agua y cubierto con una toalla. El barreño debía estar situado en alto, de forma que pudiera ser visto por todos. El mismo niño, tras santiguarse, metía el brazo debajo de la toalla, revolvía los redolinos, sacaba uno y lo entregaba al Notario, quien, remangados los brazos y mostradas las manos, lo abría y leía en alto el nombre que estaba escrito en la cedulilla, de forma que todos los presentes pudieran oírlo. Después, era mostrada al presidente de la plega y a los oficiales de la Comunidad presentes. Finalmente, el Notario escribía el nombre del nuevo Asistente en el Libro de Actos de la Plega. Rehecho el redolino por el Notario, se volvía a colocar en la bolsa, que se cerraba, sellaba y ponía de nuevo en el arca. Cuando el elegido era declarado "inhábil", se realizaba una nueva extracción. A continuación, siguiendo el mismo ceremonial que para el Asistente, se iban extrayendo, de sus respectivas bolsas, los nombres de los demás oficiales de la Comunidad. Terminado el acto de extracción de los "oficios", las bolsas, cerradas y selladas, eran depositadas de nuevo en el arca, que se volvía a llevar al archivo. A continuación, el Receptor saliente rendía cuentas de su gestión económica ante el presidente de la plega y los contadores y se hacían efectivos los distintos pagos anuales, tanto los ordinarios (salarios de los oficiales de la Comunidad, rentas y derechos reales de las caballerías, censales etc.) como los extraordinarios (dietas a los asistentes a la plega, abogados, limosnas a conventos, por lobos cazados, caballerías excusadas, etc.). Después, se revisaban las puestas de pecha que debía pagar cada lugar, se aprobaban concordias, se reconocían las dehesas y sus límites y se trataban todos los asuntos que se creyeran necesarios o convenientes para el buen funcionamiento de la Comunidad.
Romanos.Iglesia y muralla.
Los principales cargos político-administrativos de la Comunidad elegidos y nombrados en la plega general, además de asumir las competencias propias de su "oficio", solían reunirse periódicamente, en torno al día 18 de los meses de marzo, mayo, y noviembre, para celebrar las llamadas "plegas particulares" o "ajustes. En el primer tercio del siglo XVI, estas plegas particulares tuvieron lugar, mayoritaria e indistintamente, en Cariñena, Villarreal y Romanos y, esporádicamente, en algún otro pueblo, como Herrera, El Villar o Mainar. A partir de entonces, Romanos, por su privilegiada situación geográfica, en el centro de la Comunidad, fue, generalmente, el lugar preferido. Los ajustes duraban de uno a tres días. Los convocados en Romanos se celebraban en las casas del concejo o en la casa donde estuviera alojado el Asistente. Los asuntos a tratar en estas reuniones eran muy diversos y estaban relacionados con el normal y cotidiano desarrollo administrativo de la Comunidad. El Notario de Actos de la Comunidad registraba en el libro correspondiente lo allí deliberado y aprobado. En cuanto a los órganos personales, a finales del siglo XV, la Comunidad de Daroca contaba con los siguientes altos funcionarios: Escribano, Procurador, cinco sesmeros, Notario de Actos, Notario de Plegas, Alcaide de Peracense, dos comisarios y dos notarios del Maravedí, Obrero de la muralla de Daroca, Archivero y diez diputados, dos por sesma. A comienzos del siglo XVI se añadieron dos nuevos, el Alcaide de Plenas, consecuencia de la incorporación de esta villa a la Comunidad, y el Receptor-Tesorero, cuya función había desempeñado hasta entonces el Procurador. Desde 1537, por un privilegio del emperador Carlos I, el Escribano, el más relevante cargo institucional de la Comunidad, pasó a llamarse "Asistente". El Receptor desempeñó simultáneamente las funciones de Tesorero y Lugarteniente del Asistente hasta 1616, año en el que este último oficial adquirió identidad propia. A partir de entonces, el oficio de Lugarteniente de Asistente fue desempeñado por el Asistente saliente. La incorporación de la sesma de la Honor de Huesa a la Comunidad hizo necesaria la aparición de un nuevo y definitivo sesmero y la creación de otro oficial, el Alcaide de los castillos de Huesa y Segura, fortalezas situadas en el territorio de esta nueva sesma. En 1565 se amplió el número de los oficiales ya existentes con el nombramiento de un Procurador Astricto y de seis consejeros, uno por sesma. Al tener que cumplir unos requisitos económicos y sociales para poder acceder a los altos cargos de la Comunidad (debían ser posteros y tener caballerías excusadas, o sea, dedicadas exclusivamente a servir de montura), el control de los oficios de la Comunidad y, por tanto, el de su gobierno, estuvo en manos de un reducido número de propietarios, pertenecientes a las familias más pudientes de los lugares, los labradores-ganaderos más ricos de los pueblos, los llamados "posteros" y "medios posteros". Entre ellos, una minoritaria casta dirigente, formada por el reducido número de los "ricos-hombres", que reunían los requisitos económicos exigidos para ocupar los más altos oficios de la Comunidad, monopolizaba las instituciones de Gobierno de ésta. El cargo de Asistente, por ejemplo, el de mayor prestigio y autoridad, debía recaer en personas cuya hacienda estuviera valorada en 2.000 ducados, y los de Receptor y sesmeros, en vecinos que poseyeran un patrimonio mínimo de 1.000 ducados. Estaban totalmente excluidos para desempeñar los oficios de la Comunidad y de los lugares los infanzones y todas las personas que se dedicaran a los denominados "oficios viles" (zapateros, carniceros, tejedores, albeitares y "otros oficios semejantes"). El Asistente, la institución personal de mayor rango jurídico y administrativo de la Comunidad, presidía todos los actos oficiales de ésta (plegas, ajustes, pompas fúnebres, procesiones y demás actos religiosos, etc.), "llevando su insignia y vara". En el siglo XVII disfrutó del privilegio de poder utilizar "silla, almohada y alfombra". Al terminar su mandato, el Asistente adquiría la condición de consejero de la Comunidad y, desde 1616, pasó a ocupar el cargo de Lugarteniente de Asistente. Como representantes máximos de cada una de las sesmas, los sesmeros conservaron durante cerca de 600 años el prestigio y autoridad propios de un cargo que representó siempre la más genuina esencia de la Comunidad, el soporte básico sobre el que giraba la administración de aquélla como institución. En los siglos XVI y XVII, los sesmeros gozaron de amplias y estables competencias administrativas y jurisdiccionales en sus respectivos ámbitos territoriales.
Hasta que, a comienzos del siglo XVIII, a través de los Decretos de Nueva Planta, Felipe V suprimió la secular estructura política de Aragón (Cortes, Diputación del Reino, Justicia), la Comunidad de Daroca estuvo presente y tuvo voz propia en las más altas instituciones del Reino. En los siglos XVI y XVII, la Comunidad continuó manteniendo una presencia propia en las Cortes de Aragón. Los dos representantes ("procuradores") de la Comunidad asistieron con regularidad a las distintas Cortes convocadas a lo largo de los dos siglos y participaron activamente en las deliberaciones y acuerdos tomados por el estamento o "brazo" de las "universidades", en el que estaba integrada la Comunidad, ocupando un lugar destacado en el orden de asiento y votación asignado protocolariamente a cada universidad, por delante de las comunidades de Teruel y Albarracín y de ciudades como Alcañiz, Fraga, Tauste o Ejea.
Daroca. Antigua casa de la Comunidad.
La Comunidad de Daroca intervino también en el gobierno de Aragón a través de la presencia de alguno de sus vecinos en la Diputación del Reino y en otras altas instituciones de Aragón. En los siglos XVI y XVII, la Comunidad tuvo bolsas propias en la insaculación de los oficios de "Diputados", "Inquisidores" y "Judicantes", los más prestigiosos cargos del Reino.
Como institución estable y de prestigio, la Comunidad de Daroca tuvo su propio escudo de armas: el señal real o emblema de los reyes de Aragón (cuatro barras o palos rojos sobre fondo amarillo), privilegio que, según la tradición, le concedió el rey Jaime I. En la actualidad, el escudo de la Comunidad, labrado en piedra, se puede contemplar en la portada del convento de San Valentín, de Báguena, y en la fachada de la casa que la Comunidad tuvo en la ciudad de Daroca.
Con las reformas borbónicas de comienzos del siglo XVIII, el panorama institucional se simplificó al implantarse en la Comunidad el modelo de gobierno de las comunidades castellanas. Multitud de seculares y arraigadas instituciones, como las plegas y los ajustes, y la mayor parte de los "oficios" desaparecieron. Los sesmeros, desde entonces llamados "Diputados", vieron reducida su autoridad y sus atribuciones al plano administrativo. En realidad, tan sólo el Receptor y el Archivero conservaron su nombre y sus funciones. Un alto funcionario de nombramiento real, el Corregidor, asumió las competencias del Asistente y una impotente y burocrática Junta de Gobierno (Corregidor y Diputados) sustituyó a la antigua plega general y a los ajustes como máximo órgano de gobierno de la Comunidad. Ésta siguió rigiéndose oficialmente por sus reformadas ordenanzas, pero el espíritu centralista borbónico limitó radicalmente el sistema de autogobierno de siglos anteriores y provocó el inicio de una lenta agonía de la Comunidad que se prolongaría durante cerca de 130 años. El prestigio y autoridad de las instituciones fueron deteriorándose de tal forma que, desde finales del siglo XVIII, se prescindió del Archivero y la Junta se limitó a gestionar los escasos recursos y las numerosas deudas de la Comunidad. La Junta de Diputados, único órgano colegiado de gobierno de la Comunidad, debía reunirse, a mediados de cada mes, excepto en los de verano, en las casas que la Comunidad poseía en la ciudad de Daroca y ser presidida por el Corregidor del Partido de Daroca o por su sustituto, el Alcalde Mayor de la ciudad. Estas reuniones solían durar de uno a dos días. El Corregidor, de nombramiento real, asumió, por tanto, una doble función. Como Corregidor en sí era la máxima autoridad judicial y gubernativa de todo el Partido, en el que estaban también incluidos nueve núcleos de población no pertenecientes a la Comunidad (Aguarón, Codos, Cutanda, Daroca, Encinacorba, Moneva, Nombrevilla, Torralba de los Frailes y Villafeliche), y, como Presidente de la Junta, ocupaba el primer rango entre los oficiales de la Comunidad y participaba activamente en todas sus decisiones. Aunque el cargo de diputado de sesma continuó siendo muy codiciado y mantuvo cierto prestigio, quedó vacío de competencias jurisdiccionales. Estos nuevos "diputados", cargo al que ya pudieron acceder los infanzones, eran elegidos, mediante votación, por los alcaldes y regidores de cada sesma.
Junto a las instituciones de gobierno de la Comunidad, existían, paralelamente, las de cada villa, lugar o aldea, a veces con competencias compartidas o superpuestas. En general, los municipios de la Comunidad de Daroca disfrutaron de una limitada autonomía, especialmente en los siglos XVI y XVII, ya que algunos oficiales de la Comunidad, en particular los sesmeros, gozaron de amplios poderes jurídicos, administrativos y de control sobre las aldeas. Aunque las ordenanzas de la Comunidad reconocían el derecho de pueblos y villas a tener estatutos y ordenanzas propias, fueron, al parecer, muy pocos los lugares que lo ejercieron por el coste económico que tal privilegio conllevaba. Generalmente, la mayoría de los pueblos de la Comunidad se regían por las ordenanzas de ésta, muchos de cuyos artículos estaban encaminados a regular la vida municipal y a señalar las atribuciones de los oficiales de la Comunidad y de los lugares en el ámbito local. El entramado jurídico-normativo e institucional de la
Comunidad de Daroca contó siempre con una base legal escrita: las distintas
"ordinaciones" u "ordenanzas" reales que los
Además de precisar los órganos de gobierno de la Comunidad y su funcionamiento, las ordenanzas se encargaban de regular, con minucioso detalle, la vida diaria de los vecinos de la Comunidad, con normas de convivencia en los municipios y entre los municipios, y de proteger, con un espíritu agrocéntrico casi obsesivo, la agricultura, la ganadería y los montes, sectores básicos, casi exclusivos, en la vida de los habitantes de la Comunidad. Son especialmente numerosos los artículos dedicados a penar los posibles daños causados en sembrados, viñas y olivares, muestra clara de que se intentaba defender especialmente la propiedad de los campesinos y asegurar sus cosechas. La Iglesia, por su parte, desempeñó también un decisivo papel en la formación de los hábitos morales y de comportamiento de los vecinos de la Comunidad dictando normas paralelas que, en ocasiones, fueron asumidas por las instituciones civiles e incluidas en las propias ordenanzas de la Comunidad, en esa simbiosis cívico-religiosa propia de la España de la época.
Hasta comienzos del siglo XVIII, las competencias jurisdiccionales en el territorio de la Comunidad fueron siempre motivo de permanente conflicto entre la Comunidad y el Justicia de Daroca. En numerosas ocasiones los reyes tuvieron que intervenir dictando sentencias arbitrales. En otras, la Real Audiencia de Aragón se encargó de dirimir las diferencias entre ambas instituciones. En los siglos XVI y XVII, la jurisdicción civil estuvo exclusivamente en manos del Asistente, de los sesmeros y de los jurados de cada lugar y la criminal en las del Justicia de Daroca o, en algunos casos, compartida con los jurados en primera instancia, excepto en la villa de Plenas, donde la Comunidad tenía plena potestad, como singular señora feudal. A partir de comienzos del siglo XVIII, desaparecido el Asistente y despojados los nuevos diputados de sesma de todas sus competencias judiciales, el Corregidor acumuló en su persona las funciones jurisdiccionales del Justicia de Daroca, del antiguo Asistente y de los sesmeros. Junto a él, los alcaldes de los pueblos conocían y ejecutaban causas civiles y criminales de pequeña cuantía. En 1834, la Comunidad vio cómo la secular unidad jurisdiccional de su territorio quedaba fragmentada en cinco partidos judiciales: Daroca, Calamocha, Segura, Belchite y Albarracín.
La ingente cantidad de documentos expedidos o recibidos por la Comunidad desde su nacimiento generó un completo y valioso archivo, a cuyo cargo había un archivero de nombramiento anual, como el resto de los oficios de la Comunidad. El archivo de la Comunidad estuvo ubicado en la villa de Cariñena, en una dependencia del archivo de su iglesia parroquial, hasta que, en 1804, la Junta de Diputados consiguió de la Real Audiencia de Aragón que se trasladara a Daroca, ante los graves inconvenientes que la lejanía de aquél provocaba a la propia Junta, por haberse convertido esta ciudad en el lugar donde normalmente se reunía la Junta de Gobierno de la Comunidad, al residir en ella su presidente, el Corregidor. Con la disolución de la Junta en 1836 y la consiguiente venta de sus bienes para pago de acreedores, entre ellos la casa donde estaba situado el archivo, los documentos de éste se dispersaron. Actualmente los fondos más importantes se encuentran en el Archivo Municipal de Daroca y en el Archivo Histórico Nacional.
La situación económica oficial de la Hacienda de la Comunidad, cuyos ingresos se basaban casi exclusivamente en la contribución directa de los vecinos del estado llano ("pechas", servicios ordinarios y contribuciones especiales) estuvo siempre condicionada por la tradicional pobreza de sus tierras y de sus gentes. Hasta comienzos de la tercera década del siglo XVIII, el volumen total de ingresos y gastos muestra una tendencia general aparentemente ascendente, coincidiendo con la utilización del sistema de partida doble en la contabilidad de la Comunidad. En algunos años finales de este período, como en 1725, se llegó a superar el millón de sueldos en ambas partidas. Posteriormente, sin embargo, los ingresos y los gastos se redujeron bruscamente para mantenerse más o menos estables, en torno a los 200.000-300.000 sueldos anuales, hasta la desaparición de la Comunidad. Para hacer frente a los cuantiosos gastos ordinarios y a otras numerosas obligaciones contraídas, y ante la frecuente falta de liquidez de la siempre maltrecha Tesorería de la Comunidad, los órganos de gobierno de ésta se vieron obligados, con demasiada frecuencia, a cargar sobre sí pesados censos, en un progresivo y agobiante endeudamiento. En los tres últimos siglos de vida de la Comunidad, las cantidades dedicadas al pago de pensiones a los acreedores censalistas superaron habitualmente el 50% del total de gastos anuales. En los siglos finales de su existencia, sin embargo, la Comunidad de Daroca no sólo conservó sus bienes y propiedades, sino que los acrecentó ostensiblemente. El patrimonio inmobiliario de la Comunidad lo formaban varias casas en Zaragoza, Daroca y Plenas, 18 pardinas que arrendaba a los pueblos limítrofes por un largo período de 20 ó 25 años, una venta, la de San Martín, en el término de Villarreal, en la carretera real que unía Madrid con Zaragoza, los castillos de Huesa, Segura y Peracense, este último convertido en prisión de alta seguridad de la Comunidad, un convento en Báguena y una casa-palacio en Daroca. Mención especial merecen estos dos últimos edificios. A comienzos del siglo XVII la Comunidad construyó el convento de religiosas clarisas de San Valentín, de Báguena, dejando constancia de su propiedad en una inscripción grabada en piedra que aún se conserva en su fachada principal y en la que se lee claramente "COMMUNITATIS DAROCAE" ("de la Comunidad de Daroca"). Los gastos de la obra corrieron, por supuesto, a cargo de la Comunidad en calidad de "Patrón y Protector" del convento, que siempre dependió económica y administrativamente de la Comunidad. Siglo y medio después, a comienzos de la segunda mitad del siglo XVIII, la Comunidad construyó su última gran edificación: la casa-palacio de la Comunidad en Daroca, lugar donde la Junta de Gobierno celebró sus reuniones hasta su desaparición.
A pesar de esta engañosa imagen de actividad y fortaleza externa, la decadente Comunidad del siglo XVIII y primer tercio del XIX vio cómo, por decisión Real o por desidia de sus funcionarios, su secular forma de autogobierno se reducía paulatinamente a la simple administración de unos casi siempre escasos recursos con los que hacer frente a un asfixiante endeudamiento y al pago de los salarios de sus oficiales y empleados. La Comunidad de Daroca inició, finalmente, un irreversible proceso de descomposición en 1820-21. Desde los difíciles tiempos de la guerra contra los franceses, la Comunidad arrastró una penosa e insostenible situación económica e institucional: anarquía político-económica; falta de autoridad e impotencia de la Junta de Diputados; disensiones y personalismos entre los integrantes de la Junta; cuestionamiento abierto y cada vez más generalizado del injusto y anticonstitucional reparto impositivo (exención tributaria de los infanzones en pleno Trienio Liberal) y hasta de la propia existencia de la Comunidad, a la que algunos pueblos calificaban como la "más cruel madrastra para los pueblos que representa" y le achacaban su falta de libertad, etc. La división administrativa provincial de 1821 agudizó más la crisis de la Comunidad, al quedar repartidos sus 109 pueblos entre las nuevas provincias de Calatayud, Zaragoza y Teruel. En tan adversas circunstancias, la Comunidad de Daroca tenía pocas posibilidades de sobrevivir. Los nuevos mandatarios políticos provinciales no tardaron en solicitar la supresión de la Junta de Comunidad, porque la Constitución, decían, no reconocía ninguna corporación intermedia entre la Diputación y los ayuntamientos. La restauración del régimen absolutista en 1823 paralizó, momentáneamente, el proceso de disolución de la Comunidad, cuya triste existencia se prolongó, renqueante, unos años más. Las provincias creadas en 1821 fueron suprimidas y la Comunidad de Daroca volvió a la situación político-administrativa de antes de 1820. Asumiendo, sin duda, la dura realidad de la situación y deseando poner remedio a lo que era inevitable, la Junta de Gobierno inició en la Real Audiencia, en marzo de 1825, los trámites legales para reformar y actualizar sus ordenanzas y, en abril de 1826, presentó al Supremo Consejo una propuesta-borrador de aquellas, que nunca llegó a aprobarse. Hasta 1836, la Comunidad siguió sorteando problemas y dificultades, en una difícil y lánguida vida cotidiana. Esta situación de permanente crisis e inseguridad institucional y económica no fue obstáculo, sin embargo, para que los puestos de mayor responsabilidad y mejores condiciones económicas, como el de secretario de la Junta, continuaran siendo muy codiciados. Los años 1833 y 1834 fueron decisivos para la supervivencia de la Comunidad. En noviembre de 1833, su territorio quedó repartido entre las provincias de Zaragoza y de Teruel y, unos meses más tarde, en abril de 1834, sus pueblos fueron distribuidos entre los partidos judiciales de Daroca, Calamocha, Belchite, Segura y Albarracín, quedando de esta forma doblemente fragmentado el suelo de la Comunidad y rota definitivamente su secular unidad histórica. El inevitable golpe de gracia definitivo tuvo lugar el 11 de abril de 1836, día en el que la Diputación Provincial de Zaragoza acordó suprimir las juntas de Comunidad de Calatayud y Daroca y ordenó que ningún pueblo de la provincia obedeciera los decretos y disposiciones de aquellas.
La devaluada y triste realidad que vivió la Comunidad como institución en el último tramo de su existencia puede ayudarnos a comprender por qué las propias gentes que entonces poblaban o posteriormente han poblado su antiguo territorio la borraron pronto de su memoria. Lo cierto es que, tras la desaparición de la Comunidad de Daroca, sus pueblos han vivido y viven realidades distintas y separadas. Numerosos han sido los factores que han podido contribuir a esta llamativa situación: la diversidad económico-climática de sus tierras; la inexistencia de un núcleo urbano rector con influencia en todo el territorio; las arraigadas divisiones administrativas de 1833 y de 1834; la ausencia de una red viaria y de infraestructuras que conectara y aglutinara el territorio; la actitud cainita de los distintos partidos políticos y de los principales núcleos de población, sumidos permanentemente en estériles y debilitantes rivalidades locales; el trazado, en el siglo XIX, de las nuevas vías de comunicación entre Madrid y Zaragoza, que marginaron esta zona y potenciaron la de Calatayud, etc. La desaparición de ese débil nexo de unión que fue la Comunidad de Daroca de los últimos años y el escaso o nulo éxito de la industrialización que, en general, no se detuvo mucho por estas tierras, provocaron la marginalidad geográfica y política del territorio y el inicio de su decadencia demográfica y económica. La ciudad de Daroca, el único núcleo urbano que, por su historia, su relativo dinamismo económico y su innegable tradición de centro político-institucional, quizá debió haber intentado articular el antiguo territorio de la Comunidad en la primera mitad del siglo XIX, período crucial en el proceso de vertebración administrativa y económica de Aragón y de España, no pudo, no quiso, no supo aprovechar el momento o las condiciones económico-demográficas no le favorecieron. Con nostálgica y emotiva resignación, como fugaz sueño imposible, contemplamos hoy día la romántica posibilidad planteada en 1821. En las sesiones parlamentarias de las Cortes Generales de los días 7 y 8 de octubre de aquel año se llegó a sugerir el nombre de la ciudad de Daroca como posible capital de una de las cuatro provincias en que se iba a dividir Aragón. Al final, sin embargo, las Cortes optaron por Calatayud, provincia en la que quedó incluido el tercio noroeste del suelo de la Comunidad. Daroca fue excluida como capital de provincia por ser una "ciudad pequeña", estar rodeada de "pueblos y campiñas pobres" y no ser sede episcopal ni centro cultural de relieve. La villa de Cariñena, verdadero foco dinamizador de la antigua Comunidad, difícilmente podía mantener una fuerte influencia sobre todos los pueblos de la desaparecida Comunidad por su marginal situación geográfica. Daroca, sin embargo, continuó siendo, desde 1834, cabecera de un amplio partido judicial y un importante centro administrativo, pues estas nuevas circunscripciones judiciales sirvieron, especialmente en el siglo XIX, para canalizar la vida política, económica y administrativa del territorio (distritos electorales, registro de la propiedad, recaudación de tributos, etc). El devenir histórico contemporáneo, en el que la actitud y los intereses de las élites socio-económicas y políticas locales de cada momento han jugado, sin duda alguna, un papel determinante en el tradicional inmovilismo de estas tierras, ha dado como resultado que, a comienzos del siglo XXI, los pueblos y las gentes del territorio ocupado antiguamente por la histórica Comunidad de Daroca sigan únicamente unidos, en su conjunto, por el olvido y abandono institucional, por la acostumbrada carencia de servicios, y por una profunda, peligrosa y desesperante decadencia económico-demográfica. Esta arraigada tendencia pudo seguramente haber cambiado si se hubieran sabido y querido aprovechar ideas y coyunturas favorables que, por supuesto, las hubo en determinados momentos de nuestro pasado no muy lejano. Sobre la mesa del poder estuvo, por ejemplo, un interesante proyecto de vertebración industrial y ferroviaria de este territorio durante el Sexenio Democrático (1868-1874), que defendía la conexión de la cuenca carbonífera de Utrillas con las minas de hierro de Ojos Negros y Setiles a través de la creación de la nueva línea ferroviaria Calatayud-Teruel y de los ramales, también ferroviarios, de Luco a Utrillas, por el río Pancrudo, y de Monreal del Campo a Setiles, y la instalación en estas tierras de industrias derivadas y complementarias, que, o no se defendió con la suficiente energía o no supo encontrar verdaderos valedores en los centros de decisión. Fueron unos momentos en los que la ilusión y un cierto sentimiento de solidaridad volvió a impregnar temporalmente estas tierras, que hasta pudieron ser pioneras en un crucial y desaprovechado momento de modernización económica y de infraestructuras de todo el país: el "boom" del ferrocarril, auténtico motor de desarrollo económico y bienestar en la segunda mitad del siglo XIX español y europeo en general. Pudo ser, pero no fue. ¿Fue una primera gran oportunidad perdida o el inicio de una secular marginación y olvido institucional? El proyecto, un estudio muy detallado, documentado y profundo, fue redactado, por el concesionario oficial D. Francisco Herrer y Marco en el temprano año de 1869, teniendo en cuenta que la línea Madrid-Aranjuez se inauguró en 1851 y que a Zaragoza llegó el ferrocarril en 1864. Herrer y Marco defendía la necesidad de estructurar unas vías de transporte ágiles y modernas que dieran salida a las riquezas agrícolas (vegas del Jiloca, llanuras cerealísticas de los campos de Langa, Used y Cosa) y mineras (Ojos Negros, Utrillas) de esta zona de Aragón y que contribuyeran al desarrollo de la industria metalúrgica de los distritos de Daroca y Calatayud, para así contribuir a su propio progreso y modernización y al de una amplia zona del interior de España. Además, decía, el territorio reunía todas las condiciones legales exigidas para este tipo de ferrocarriles. Francisco Herrer, para justificar más si cabe la necesidad de hacer realidad el proyecto, terminaba su exposición, como último argumento, con una profunda y realista denuncia-reflexión sobre el penoso estado en que ya se encontraban estas tierras en aquella época. ¿Qué ocurrió con este plan tan minuciosamente justificado y argumentado? Cierto que fue considerado y tratado favorablemente en las Cortes, pero la inestabilidad política de la Primera República y el nuevo régimen conservador implantado en España en 1875 contribuyeron a desechar o retardar, en el caso del ferrocarril Calatayud-Teruel hasta 1901, un sueño que estuvo a punto de hacerse realidad. Una serie de avatares históricos se aliaron, pues, para frenar el despegue económico y la modernización de esta zona, que le hubieran dado una privilegiada posición de salida en el naciente proceso de industrialización del país. El utópico sueño que a punto estuvo de materializarse se desvaneció lentamente, devolviendo a nuestros pueblos a la cruda realidad del olvido y de la marginalidad económica y de infraestructuras. Se perdió también, así, una oportunidad de contribuir al equilibrio industrial de Aragón y de España, geográficamente hablando, aspecto del que siempre ha carecido la industria aragonesa y española en general.
Hasta que, en los años 60 del siglo pasado, surgieron, como consecuencia de los cambios socioeconómicos del momento, nuevas propuestas de división territorial de Aragón, el partido judicial de Daroca constituyó el único, débil y parcial eslabón entre la vieja Comunidad de Daroca y los modernos intentos de estructuración de las tierras de Daroca y su entorno. Este partido judicial, sin embargo, no fue precisamente un modelo de continuidad histórica. De los 50 municipios que lo integraron en 1834, un buen número, 19, nunca habían formado parte de la Comunidad. Por el contrario, 71 de las villas y lugares de la antigua Comunidad, el 65% del total, quedaron fuera de él. Las diversas modificaciones posteriores no cambiaron sustancialmente la circunscripción administrativa creada en 1834. Cariñena fue temporalmente cabeza de un nuevo partido judicial entre 1911 y 1965, pero en este último año se volvió a unir al de Daroca. Con independencia de los lazos históricos o jurisdiccionales, las gentes del territorio organizado en torno a la ciudad de Daroca han mantenido desde muy antiguo un arraigado sentimiento popular de pertenencia a pequeños ámbitos espaciales con identidad propia y fuerte personalidad, como el "Campo Romanos" y el "Campo de Used", unidos por fuertes vínculos económico-geográficos, y que siempre han asumido con normalidad la dependencia administrativa, comercial y de servicios de Daroca, ciudad que, incomprensiblemente, ha permitido que esta natural influencia sobre su tradicional territorio haya disminuido paulatinamente en los últimos tiempos, en favor de núcleos cercanos más activos como Calatayud y Calamocha. En las distintas propuestas de comarcalización aparecidas en los años sesenta y setenta, realizadas básicamente con criterios de homogeneidad y de cohesión funcional, las tierras de Daroca, siempre dentro de una amplia región o subregión (Valle del Ebro, Sistema Ibérico), y sin unos límites geográficos precisos, se solían agrupar bajo los nombres de "Daroca", "Comunidad de Daroca" o "Comarca de Daroca". Oficialmente, el actual proceso de comarcalización se inició en 1982, al incluirse en el Estatuto de Autonomía de Aragón un artículo, el 5º, en el que se contemplaba la posibilidad de estructurar comarcalmente el suelo aragonés. En ese mismo año, el grupo ECAS (Economistas Asociados) hizo público su "Estudio de Reconocimiento Territorial de Aragón", encargado por la D.G.A., en el que se dividía el territorio aragonés en 25 comarcas, denominadas "Espacios-programas" o "Bases Espaciales de Referencia" (B.E.R.), cuya delimitación se basaba fundamentalmente en criterios de cohesión económica, administrativa y geodemográfica. Daroca y los pueblos de la zona fueron agrupados en el espacio-programa "Daroca-Romanos-Used". A partir de 1983, estas demarcaciones territoriales fueron ampliamente aceptadas y utilizadas por la Administración Pública para ejecutar diversos programas de desarrollo regional y, en general, para la organización de distintos servicios (salud, servicios sociales, cultura y deporte, etc.). La Base Espacial de Referencia "Daroca-Romanos-Used" no se correspondía territorialmente con el partido judicial de Daroca, sino tan sólo con parte de él. Quedaban fuera, además de los municipios tradicionalmente identificados con las comarcas de Calatayud y Cariñena, pueblos como Cerveruela, Herrera de los Navarros, Luesma o Villar de los Navarros. El espacio Daroca-Romanos-Used, sin embargo, sirvió de base para la creación, en 1997, de la Mancomunidad de Municipios Campo de Daroca, eficaz instrumento para paliar la débil capacidad de gestión de la mayoría de los pequeños pueblos de la zona, y ha sido el antecedente directo de la actual Comarca Campo de Daroca, del que recientemente esta última ha tomado el relevo. La demarcación definitiva de la comarca Campo de Daroca, basada en la Ley de Comarcalización de 1993, fue ratificada por las Cortes de Aragón en diciembre de 1996, junto a las otras 32 comarcas en que quedó estructurado el territorio aragonés. En junio de 2002 las Cortes aprobaron el proyecto de ley por el que se creaba oficialmente la comarca "Campo de Daroca" (Ley 18/2002, de 5 de julio; B.O.A. de 17 de julio) y el 23 de octubre de este mismo año se constituyó su Consejo Comarcal, que eligió, como primer presidente, a Esmeraldo Marzo, del PAR, al recibir el apoyo de los representantes de su partido y de los del PSOE. La comarca Campo de Daroca, la decimonovena que se pone en marcha en Aragón, tiene pendiente únicamente, a fecha de hoy, la negociación y futura asunción de los distintos bloques de transferencias que se contemplan en su ley comarcal.
Comarca Campo de Daroca.
Territorialmente, la nueva comarca, con una superficie de 1.118 Km2 y una población de 6.749 habitantes, está formada por 35 municipios, 31 de los 33 integrantes del espacio Daroca-Romanos-Used, más Cerveruela, Herrera de los Navarros, Luesma y Villar de los Navarros. El espacio geográfico del Campo de Daroca, un rico y heterogéneo paisaje de sierras, valles y altiplanos, encerrado en unos irregulares y no muy racionales límites, confronta con las tierras castellanas de Molina y las comarcas de Comunidad de Calatayud, Campo de Cariñena, Campo de Belchite y Calamocha. La comarca Campo de Daroca, de carácter esencialmente funcional y estructurada en torno a la ciudad de Daroca, no tiene un riguroso vínculo histórico común con el que se puedan identificar todos sus municipios. Los 35 núcleos de población que componen la reducida y compleja comarca pertenecían y pertenecen al partido judicial de Daroca, pero tampoco entre estas dos unidades administrativas, la comarcal y la judicial, existe coincidencia territorial, pues los pueblos de la zona norte y noroeste del partido judicial forman parte de las comarcas del Campo de Cariñena y Comunidad de Calatayud. Las raíces históricas de las gentes y los pueblos que hoy integran el Campo de Daroca son, por tanto, diversas, situación que le confiere una incompleta y parcial unidad histórica y cultural: 28 pueblos, la mayoría, pertenecieron a la Comunidad de Daroca (Anento, Badules, Balconchán, Berrueco, Cerveruela, Las Cuerlas, Fombuena, Gallocanta, Herrera, Langa, Lechón, Luesma, Mainar, Manchones, Murero, Orcajo, Retascón, Romanos, Santed, Torralbilla, Used, Valdehorna, Val de San Martín, Villadoz, Villanueva, Villar, Villarreal y Villarroya); 4 a la antigua Comunidad de Calatayud (Acered, Aldehuela de Liestos, Atea y Cubel); y 3 no formaron parte de ninguna de las dos seculares comunidades citadas (Daroca, Nombrevilla y Torralba de los Frailes).
El campo de Daroca, reducido a la mínima expresión con respecto al antiguo territorio de la Comunidad, debe encontrar un razonable y definitivo equilibrio entre su rico y original pasado, su difícil presente y su inquietante futuro; entre la diversidad de sus pueblos y la necesaria, compartida y bien planificada unidad de intereses que requiere un proyecto comarcal serio; entre la cabecera comarcal, Daroca, una ciudad que se debate entre su excepcional pasado y la atonía de su presente demográfico y económico, y el resto de los municipios, sumidos en una peligrosa tendencia regresiva general. La sangría demográfica iniciada en los años 60, que ha provocado una alarmante despoblación de la zona (tan sólo 6,1 habitantes por kilómetro cuadrado) y un muy elevado índice de envejecimiento, la mínima diversificación económica, siempre condicionada por las deficientes estructuras viarias y las adversas condiciones naturales han hecho posible que muchos de los pueblos contemplen ya con resignada aceptación su lánguida existencia y su preocupante porvenir. Son, en general, pueblos invadidos de un envolvente aire de tristeza melancólica, silenciosos, sin niños y sin escuelas muchos de ellos, con mínimos e irregulares servicios comerciales y asistenciales, con un muy débil peso político-demográfico y con el único impulso revitalizador, ocasional y pasajero, de algún fin de semana y de unos días en verano. Esperemos que este nuevo y presuntamente solidario impulso comarcal y la construcción real y definitiva de las secularmente reivindicadas modernas vías de comunicación, actualmente prometidas o en tardía, lenta, oscura y problemática ejecución, lleguen a tiempo para evitar que el crítico estado actual de la mayor parte de los pueblos de esta zona de Aragón los coloque en una situación límite, de transición entre la difícil supervivencia y la amenazante desaparición como entidad significativa. No nos conformemos con presumir, orgullosos, de la grandeza y peculiaridad de nuestro pasado y del singular patrimonio histórico-artístico y natural de nuestros pueblos, aprovechémoslo decididamente y actualicémoslo como uno de los ejes de un esperanzador proyecto de consolidación demográfico-económica de la comarca (turismo cultural, ecológico y rural). Un renovado compromiso común y una mayor intensidad de las relaciones socioeconómicas y culturales de las gentes y los pueblos que componen la comarca, en la que la ciudad de Daroca tendrá que asumir con valentía y generosidad el papel que por historia, población y actividad económica le corresponde, deben dar unidad y esperanza a estas tierras.
ASSO, Ignacio de : Historia de la Economía Política de Aragón. Zaragoza, 1798. CAMPILLO, Toribio del: Documentos históricos de Daroca y su Comunidad. Zaragoza, 1915. CORRAL LAFUENTE, José Luis: La Comunidad de Aldeas de Daroca en los siglos XIII y XIV: origen y proceso de consolidación. Zaragoza, 1987. DIARTE LORENTE, Pascual: La Comunidad de Daroca: plenitud y crisis (1500-1837). Daroca, 1993. ESTEBAN ABAD, Rafael: Estudio histórico-político sobre la ciudad y Comunidad de Daroca. Teruel, 1959.
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